Planifica tu traslado
Revisamos tu residencia fiscal, las fechas del traslado y si puedes acogerte a la Ley Beckham antes de tomar decisiones sobre tu trabajo, tus ingresos o tu patrimonio.
¿Te mudas a España, necesitas presentar la renta o tienes ingresos en varios países? Nuestro equipo fiscal te ayuda a aclarar tu situación y preparar las declaraciones que te corresponden.
Asesoramos a residentes, no residentes y personas que se trasladan a España. Desde el estudio de la Ley Beckham hasta los modelos 100, 151 o 210, te explicamos qué obligaciones tienes, qué información necesitamos y el alcance y los honorarios antes de empezar.
Habla con nuestro equipo fiscalRevisamos tu residencia fiscal, las fechas del traslado y si puedes acogerte a la Ley Beckham antes de tomar decisiones sobre tu trabajo, tus ingresos o tu patrimonio.
Calculamos y preparamos las declaraciones que correspondan, revisamos la información contigo y nos encargamos de las presentaciones acordadas.
Estudiamos los rendimientos, las pensiones, las inversiones y los inmuebles en el extranjero, con las deducciones por doble imposición y las obligaciones informativas que puedan aplicarse.
Si te trasladas a España por un motivo laboral o profesional que cumpla los requisitos, puede interesarte el régimen especial para impatriados, conocido como Ley Beckham. Estudiamos si puedes acogerte y lo comparamos con la tributación ordinaria según tus ingresos y tu situación.
Para el contribuyente principal, el plazo para optar suele ser de seis meses desde el inicio de la actividad que figure en el alta en la Seguridad Social o en la documentación justificativa correspondiente. El régimen puede aplicarse en el año en que se adquiere la residencia fiscal española y los cinco siguientes, siempre que se mantengan sus requisitos.
¿Ya estás acogido al régimen? Te ayudamos con el modelo 151 anual y revisamos los cambios en tu empleo, tus ingresos o tu situación familiar.
Consulta nuestra guía y calculadora de la Ley Beckham (en inglés)
Consulta tu caso de Ley Beckham o modelo 151La residencia fiscal determina qué ingresos y bienes debes tener en cuenta. Depende de tus circunstancias: la nacionalidad, el NIE o el permiso de residencia no la deciden por sí solos.
Revisamos tus fechas de estancia, tu trabajo, tus vínculos familiares y económicos y la documentación necesaria para justificar tu situación.
Los residentes fiscales que tributan por el régimen ordinario parten de su renta mundial, con las exenciones y las medidas para evitar la doble imposición que correspondan. Los tipos y la obligación de declarar dependen de la renta, las circunstancias personales, la comunidad autónoma y el ejercicio.
Los no residentes pueden tener que declarar rentas obtenidas en España, como alquileres, ganancias por la venta de inmuebles o rentas imputadas de determinados inmuebles. La obligación, los gastos deducibles y los plazos dependen del ingreso y de las reglas aplicables.
Comprobamos el calendario del modelo y del ejercicio, incluido el plazo de domiciliación si termina antes. Si estás acogido a la Ley Beckham, la declaración anual es el modelo 151, en lugar del modelo 100 ordinario.
Te ayudamos a identificar los bienes relevantes, reunir las valoraciones y determinar qué declaraciones necesitas. Que no resulte una cuota a pagar no siempre elimina las obligaciones informativas.
Tener un inmueble puede generar IBI, tasas de residuos y obligaciones relacionadas con la renta o el patrimonio. El impuesto municipal sobre vehículos se gestiona por separado cuando corresponda. Los importes y los calendarios dependen del ayuntamiento y del bien; el valor catastral no equivale a una fracción fija del valor de mercado.
Una compra, una venta, una herencia o una donación pueden generar otros impuestos. Revisamos la operación, la comunidad autónoma y tu residencia antes de asesorarte sobre las declaraciones y los costes. El IVA empresarial y el Impuesto sobre Sociedades se tratan en nuestras guías para empresas.
Indica en el formulario dónde vives, cuándo te trasladaste, qué ingresos e inmuebles tienes y para qué ejercicio o declaración necesitas ayuda.
Te explicamos el alcance, los documentos, los plazos y el presupuesto antes de empezar. El estudio de residencia o de acceso a la Ley Beckham puede presupuestarse por separado de la declaración anual.
Trabajamos la información contigo, te explicamos el cálculo y presentamos las declaraciones acordadas con la autorización necesaria.
Prepara tu próxima declaración con ayuda de nuestro equipo
Si necesitas revisar tu residencia fiscal, solicitar la Ley Beckham o presentar tus declaraciones anuales, cuéntanos tu situación. Te indicaremos los próximos pasos y te propondremos un presupuesto para tu caso.
Habla con nuestro equipo fiscalNo. El modelo 149 se utiliza para ejercer la opción por el régimen especial; el modelo 151 es la declaración anual de los contribuyentes acogidos. Podemos revisar por separado los requisitos, el plazo para optar y la presentación anual.
Normalmente se necesita un certificado de residencia fiscal expedido por la Administración tributaria correspondiente. El certificado, el periodo que cubre y las pruebas deben ajustarse al convenio y al trámite. El NIE o el permiso de residencia no lo sustituyen.
Depende del origen y del tipo de renta, las retenciones y el convenio aplicable. Los inmuebles españoles pueden generar obligaciones por alquiler, venta o imputación de renta. Ser no residente no elimina automáticamente los impuestos ni la obligación de declarar en España.
Revisamos la normativa de ambos países y las reglas de desempate del convenio aplicable. Pueden importar la vivienda permanente, el centro de intereses vitales y la residencia habitual. Hay que estudiar la residencia a efectos del convenio y las obligaciones de declaración que se mantengan.
Conviene estudiar la residencia de cada trabajador por ejercicio, dónde presta sus servicios, el convenio, las nóminas y retenciones y si puede acogerse a la Ley Beckham. Un desplazamiento de 18 meses requiere planificación; la nacionalidad por sí sola no determina el resultado.
Los residentes fiscales que tributan por el régimen ordinario declaran, en general, su renta mundial, con las exenciones o deducciones por doble imposición que correspondan. La Ley Beckham tiene reglas diferentes. Revisamos el origen, la naturaleza y el momento de cada ingreso, así como los impuestos pagados fuera.
Una revisión puede identificar un régimen especial adecuado, deducciones, exenciones o beneficios de un convenio. Constituir una sociedad no reduce automáticamente los impuestos personales. Estudiamos los requisitos, los costes y tu situación global antes de recomendar una estructura.
Depende de tu residencia fiscal, del país que paga la pensión, de si procede de un empleo público o privado y del convenio aplicable. No hay una cantidad de pensión que esté exenta para todos los jubilados. También hay que comprobar los límites para declarar y las retenciones en el extranjero.